RESOL-2022-14-APN-SE-MEC

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20/01/2022

RESOL-2022-14-APN-SE-MEC

RESOL-2022-14-APN-SE#MEC - EX-2021-120203672-APN-SE#MEC- Modificación Resolución N° 281/17 del ex Ministerio de Energía y Minería –  Sustitúyese el Artículo 9° del Anexo de la Resolución Nº 281 de fecha 18 de agosto de 2017 del ex Ministerio de Energía y Minería, el que quedará redactado del siguiente modo: “Artículo 9°.- Capacidad Insuficiente. En los casos en que, en el período evaluado, se hubieren presentado solicitudes vinculadas con un punto de interconexión que excedan la capacidad de transmisión o de transformación existente en ese punto de interconexión o en alguna limitación asociada al mismo, el OED citará a los solicitantes a presentar, en sobre cerrado, en la fecha y hora que determine al efecto, un Factor de Mayoración que será aplicado a los pagos de reserva de prioridad de despacho definidos en los Artículos 10 y 11 del Anexo de la Resolución N° 281/17 del ex Ministerio de Energía y Minería. A los efectos descriptos, el factor mínimo a considerar será 1, el que no tendrá tope y deberá declararse con tres cifras decimales.

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-EX-2023-115916318-APN-SE#MEC – Asignaciones de volúmenes de gas natural – Apruébanse las asignaciones de los volúmenes de gas natural adjudicados en cuenca TDF por el Artículo 2° de la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, para el período adicional al Plazo Base, 2025-2028

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– Sustitúyese el Anexo IF-2023-97714874-APN-DER#MEC del Artículo 1° de la Resolución N° 714 de fecha 30 de agosto de 2023 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía por el Anexo I IF-2023-118018963-APN-DER#MEC, que forma parte integrante de la presente medida.

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– Prorrógase por 100 días corridos, desde el vencimiento del plazo de 60 días corridos dispuesto en el Artículo 1° de la Resolución N° 574 de fecha 10 de julio de 2023 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, en el marco de lo previsto en el Artículo 67.1 de los Contratos de Concesión de las Centrales Hidroeléctricas denominadas Hidroeléctrica Alicurá, El Chocón Arroyito y Cerros Colorados

RESOL-2023-799-APN-SE#MEC

– Adjudícanse los volúmenes de gas natural en el marco del Concurso Público Nacional realizado a través del Inciso b) del Artículo 2° de la Resolución N° 770 de fecha 11 de noviembre de 2022 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, conforme al detalle que surge del Anexo I , que forma parte integrante de la presente medida

RESOL-2023-797-APN-SE#MEC

– Autorízase los cambios de titularidad de los agentes del MEM, en su condición de GUMEs, solicitados por las firmas que figuran en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.

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– Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 3° de la Disposición N° 70 de fecha 21 de octubre de 2019 de la ex Subsecretaría de Mercado Eléctrico del ex Ministerio de Hacienda, quedando la empresa Nahuén Energía S.A., habilitada para actuar con carácter provisorio como Agente Generador del MEM por la Central Hidroeléctrica Lunlunta hasta el 31 de diciembre de 2025.

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– EX-2023-68151465- -APN-SE#MEC – Instrucción a CAMMESA en el marco de la Convocatoria a interesados a realizar manifestaciones de interés para gestionar y financiar o cofinanciar con otros interesados o con el Estado Nacional ampliaciones MDIT

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– EX-2023-68680776-APN-SE#MEC – Continuidad en el MEM – GALILEO TECHNOLOGIES S.A. – Autorízase la continuidad para actuar en calidad de Agente Generador del MEM a la firma de GALILEO TECHNOLOGIES S.A. como nuevo titular de la Central Térmica Anchoris