NO-2023-109320145-APN-SSEE#MEC

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18/09/2023

NO-2023-109320145-APN-SSEE#MEC - EX-2022-121260361-APN-SE#MEC - Resolución S.E. Nº 750/2023

En el marco de la Resolución Secretaría de Energía N° 750 de fecha 6 de septiembre de 2023, en la cual se especificaron los nuevos valores de remuneración para las distintas centrales del MEM y del MEMSTDF a partir de la transacción de septiembre de 2023.
Por un error involuntario en el Anexo II, 2. Precio Base de la Potencia, se detalló una tabla que contiene el Precio Base para remunerar la Potencia a los valores consignados para cada tecnología y escala (PrecBasePot), en la cual, la última fila, donde dice “Motores de Combustión Interna >42 MW” debe decir “Motores de Combustión Interna”.
Se solicita que se notifique de esta aclaración a los Agentes Generadores del MEM y del MEMSTDF

 

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“Capítulo 2. El Usuario-Generador
A los fines del presente Régimen, los Usuarios-Generadores definidos en el Inciso j) del Artículo 3° de la Ley N° 27.424, serán categorizados de la siguiente manera:

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-Establécese el precio de gas en el PIST a ser trasladados a los usuarios finales en relación con los contratos o acuerdos de abastecimiento vigentes celebrados en el marco del “Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos, el Autoabastecimiento Interno, las Exportaciones, la Sustitución de Importaciones y la Expansión del Sistema de Transporte para todas las Cuencas Hidrocarburíferas del país 2023-2028” (Plan Gas.Ar) aprobado por el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020 y su modificatorio

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