RESOL-2021-130-APN-SE#MEC

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21/05/2021

RESOL-2021-130-APN-SE#MEC

RESOL-2021-130-APN-SE-MEC - Delégase en la Subsecretaría de Energía Eléctrica de esta Secretaría el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Incorporar los Anexos del Contrato de Fideicomiso del FODER.

b) Otorgar los Certificados de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables y los Certificados de Inicio de Obra y Principio Efectivo de Ejecución a los beneficiarios adjudicados en el marco del Programa RenovAr, a los comprendidos en la Resolución N° 202/2016.
c) Firmar los Acuerdos de Adhesión al FODER a ser suscriptos con el fiduciario del FODER y los beneficiarios adjudicados en las distintas Rondas del Programa RenovAr.
d) Firmar los Acuerdos de Aceptación de Condiciones a suscribirse con el BIRF, el fiduciario del FODER y los beneficiarios adjudicados en las distintas Rondas del Programa RenovAr.
e) Ejercer las facultades relativas al PERMER que corresponden a esta Secretaría, en su carácter de Órgano Ejecutor.
f) Dictar los actos necesarios para la ejecución del PRONUREE, y suscribir convenios y aprobar los reglamentos de los planes que deriven de la ejecución de dicho Programa.
g) Implementar el PRONUREE.
h) Dictar los actos necesarios para la instrumentación, reglamentación y ejecución del PLAE.
i) Dictar los actos necesarios y las normas aclaratorias y complementarias para la gestión y la administración del Listado de Consultores en Eficiencia Energética.
j) Dictar los actos necesarios y las normas reglamentarias, aclaratorias y/o complementarias para la ejecución del Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública.
k) Ejercer las competencias que corresponden a esta Secretaría, en su carácter de Autoridad de Aplicación del FODIS.

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“Capítulo 2. El Usuario-Generador
A los fines del presente Régimen, los Usuarios-Generadores definidos en el Inciso j) del Artículo 3° de la Ley N° 27.424, serán categorizados de la siguiente manera:

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-Establécese para el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2024 y el 31 de octubre de 2024, para la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM, como destinada a abastecer a sus usuarios de energía eléctrica

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-Establécese el precio de gas en el PIST a ser trasladados a los usuarios finales en relación con los contratos o acuerdos de abastecimiento vigentes celebrados en el marco del “Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos, el Autoabastecimiento Interno, las Exportaciones, la Sustitución de Importaciones y la Expansión del Sistema de Transporte para todas las Cuencas Hidrocarburíferas del país 2023-2028” (Plan Gas.Ar) aprobado por el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020 y su modificatorio

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-Apruébase la Reprogramación Trimestral de Invierno Definitiva para el MEM y para el MEMSTDF, elevada por CAMMESA, mediante la Nota P-55253-1, correspondiente al período comprendido entre el 1° de agosto de 2024 y el 31 de octubre de 2024, calculada según “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios”

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-EX-2022-121260361-APN-SE#MEC – Sustitución de los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución Nº 99/24 de la Secretaria de Energía – Sustitúyense los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución N° 99 de fecha 14 de junio de 2024 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, por los Anexos I , II , III , IV y V respectivamente, que forman parte integrante de la presente resolución.

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