RESOL-2026-130-APN-SE#MEC
-ARTÍCULO 1°. – Establécese que la actual Concesionaria HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ S.A. (concesionaria del Sistema Hidroeléctrico Futaleufú) continuará operando el Complejo Hidroeléctrico que fuera oportunamente otorgado en concesión, en tanto remita a esta Secretaría, dentro de los SIETE (7) días corridos de la entrada en vigencia de la presente, la Carta de Adhesión que se aprueba como Anexo I (IF-2026-46465997-APN-DNGE#MEC)