DECNU-2022-730-APN-PTE - Decreto N° 892/2020. Modificación
Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 892/20 por el siguiente: Apruébase el “Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos, el Autoabastecimiento Interno, las Exportaciones, la Sustitución de Importaciones y la Expansión del Sistema de Transporte para todas las Cuencas Hidrocarburíferas del País 2023-2028” que como Anexo forma parte del presente decreto, e instrúyese a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía a instrumentar dicho Plan.
Así mismo facúltase a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones y cambios necesarios para la instrumentación de dicho Plan en los aspectos no medulares de los objetivos indicados en este artículo y de las pautas, criterios y condiciones elementales contenidos en el artículo 4° del presente decreto.
El referido Plan se asienta en la participación voluntaria por parte de las empresas productoras, prestadoras del servicio público de distribución y subdistribución que hagan adquisiciones en forma directa de las empresas productoras y de CAMMESA.