RESOL-2022-39-APN-SE#MEC
Convócase a los Agentes Generadores que hayan suscripto CdD en el marco de la Resolución N° 287 de fecha 10 de mayo de 2017 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica del ex Ministerio de Energía y Minería, y que no hayan habilitado comercialmente con anterioridad a la NFHCC, a que en el término de 30 días corridos de publicada la presente medida, manifiesten una NFCE, que a los efectos del CdD será considerada como la Fecha Comprometida.