RESOL-2021-1260-APN-SE#MEC
Solicitud de Rescisión Contractual. Las sociedades titulares de proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía que resultaron adjudicatarias de Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable suscriptos con CAMMESA, en el marco de las Rondas 1, 1.5, 2 y 3 del Programa RenovAr, por las Resoluciones Nros. 213 de fecha 7 de octubre de 2016, 281 de fecha 25 de noviembre de 2016, 473 de fecha 30 de noviembre de 2017 y 488 de fecha 19 de diciembre de 2017, todas del ex Ministerio de Energía y Minería y 100 de fecha 14 de noviembre de 2018, modificada por la Resolución Nº 90 de fecha 11 de marzo de 2019, ambas de la ex Secretaría de Gobierno de Energía del ex Ministerio de Hacienda, o que fueron habilitados a solicitar su incorporación al Régimen de Fomento Nacional de las Energías Renovables de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 202 de fecha 28 de septiembre de 2016 del ex Ministerio de Energía y Minería, y que no hayan alcanzado la Fecha de Habilitación Comercial, podrán solicitar ante CAMMESA la rescisión de su Contrato de Abastecimiento sujeta al cumplimiento de los requisitos mencionados